Apple obtuvo una victoria importante en su lucha continua con Masimo sobre las patentes relacionadas con la función de oxígeno en sangre del Apple Watch. Aquí están los detalles.
Un poco de contexto
Durante los últimos años, Apple y la empresa de tecnología de salud Masimo han estado en una feroz batalla legal sobre el sensor de oxígeno en sangre del Apple Watch.
A pesar de múltiples decisiones y apelaciones, Apple se vio obligada a desactivar la tecnología en los Apple Watch en los EE. UU. y trasladó gran parte del proceso al iPhone, utilizando los datos recopilados por el Apple Watch para desarrollar una versión rediseñada de la función.
Según la Comisión de Comercio Internacional (ITC), esto fue suficiente para permitir que Apple volviera a vender modelos de Apple Watch con la función habilitada en los EE. UU.; ya que la agencia determinó que no había infringido las patentes de Masimo.
Naturalmente, Masimo no estuvo de acuerdo y presentó alegaciones argumentando que el rediseño de Apple estaba dentro del alcance de la orden de exclusión existente, además de cuestionar la decisión de la Aduana y Protección Fronteriza de EE. UU. sobre la aprobación de los relojes actualizados.
Esto llevó a dos resultados que abordamos aquí:
- En primer lugar, la Jueza Administrativa de la ITC, Monica Bhattacharyya, emitió una decisión preliminar indicando que la función de oxígeno en sangre rediseñada del Apple Watch no infringía las patentes de Masimo.
- En segundo lugar, la Corte Federal confirmó la primera orden de exclusión de la ITC; lo que significa que la función original de oxígeno en sangre en el Apple Watch sigue estando prohibida en los EE. UU.
Tras estas decisiones, el último paso era que la Comisión completa decidiera si revisar o no el hallazgo de la Jueza Administrativa de que no había infracción; lo que nos lleva a hoy.
La ITC rechazó la revisión
Hoy por la mañana, la ITC rechazó revisar la decisión anterior, cerrando así el caso y rechazando la solicitud de Masimo de restablecer la prohibición de importación del Apple Watch.
Se indica en la decisión que el juez administrativo que presidía, la determinación de inicio de aplicación del EID, y el LEO significaban una orden de exclusión limitada:
El 18 de marzo de 2026, el ALJ publicó el EID y, en última instancia, concluyó que los productos rediseñados acusados no infringían las reclamaciones de las Patentes Afirmadas. El 25 de marzo de 2026, Masimo y Apple presentaron cada uno una solicitud a la Comisión para la revisión del EID.
El 30 de marzo de 2026, las partes presentaron cada una respuestas a las solicitudes pertinentes. La Comisión decidió no revisar el EID. Este procedimiento consolidado se ha cerrado completamente con la conclusión de que los productos rediseñados acusados no infringían las Patentes Afirmadas y, por lo tanto, no deberían ser excluidos de acuerdo con los términos del LEO.
Apple declaró a 9to5Mac:
Agradecemos a la ITC por la decisión que nos permite seguir ofreciendo esta importante función de salud a nuestros usuarios. Durante más de seis años, Masimo ha llevado a cabo una implacable campaña legal contra Apple y casi todas las reclamaciones han sido desestimadas. Siempre defenderemos nuestras innovaciones y continuaremos enfocándonos en lo que mejor hacemos: ofrecer a nuestros usuarios los mejores productos y servicios del mundo.
La compañía expresó su satisfacción por poder seguir ofreciendo la función de oxígeno en sangre rediseñada a sus usuarios en los EE. UU., además de haber añadido otras características de salud como la aplicación ECG y las alertas de hipertensión y ritmos irregulares.
Apple también destacó la investigación y el trabajo de sus equipos para mejorar y ofrecer características de salud, bienestar y seguridad en el Apple Watch y otros productos, asegurando un fuerte enfoque en la privacidad.
Masimo puede apelar la decisión.
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